Motín de Esquilache: es la denominación de la revuelta que tuvo lugar en Madrid en marzo de 1677, siendo rey Carlos III.
La movilización popular fue masiva y llegó a considerarse amenazada la seguridad del propio rey.Seguidamente, a pesar de su espectacularidad y su extensión o coincidencia de revueltas por causas semejantes en otros lugares de España, la más evidente consecuencia política del motín se limitó a un cambio de gobierno que incluía el destierro del marques de Esquilache, el principal ministro del rey, al que los amotinados culpaban de la carestía del pan, y que se había hecho extraordinariamente impopular como consecuencia de la prohibición de algunas vestimentas tradicionales. Su condición de italiano contribuyó de forma importante a ese rechazo.
Se han identificado diferentes intereses y grupos de poder nobiliarios y eclesiásticos, tanto entre los acusados de instigar el motín como entre los beneficiados por la nueva situación. La historiografía actual lo interpreta como un movimiento popular espontáneo, pero con una instrumentalización política evidente en medio de una lucha por el poder entre dos facciones de la Corte, por lo que se ha calificado de motín de Corte para indicar que no se reduce al modelo de motín de subsistencias.
Regalismo: Es el conjunto de teorías y prácticas sustentadoras del derecho privativo de los soberanos sobre determinadas regalías. Especialmente de las que chocaban con los derechos del Papa.
La visión de la historiografía tradicionalista (Marcelino Menendez Pelayo) restringía el regalismo a una pretensión extranjerizante y borbónica que en la católica España de los Habsburgo no habría tenido cabida y sólo comenzaría con el nieto deLuis XIV (Felipe V) en 1700.
No obstante, los derechos de los reyes Habsburgo eran ya en el siglo XVII, y lo venían siendo desde los Reyes Católicos, bastante mayores que los de los franceses contemporáneos. No faltaron teóricos que podemos considerar regalistas en el siglo XVII, como Francisco Salgado.
Lo cierto es que aquella gestión no dio fruto, y que con Felipe V las reclamaciones fueron mucho más activas: en 1709, el virrey de AragónSolis, y en 1713 el fiscal real Melchor de Macanaz, preparan sucesivos memoriales. En 1717 se llega a un tímido acuerdo que es en seguida abandonado por ser considerado insuficiente para España.
Más trascendencia tuvo el Concordato de 1753, en el reinado siguiente, con Fernando VI en el trono de Madrid y Benedicto XIVen la Cátedra de San Pedro. Los negociadores fueron el Marqués de la ensenada y el Padre Ravago.. Consiguieron la concesión por el Papa a los reyes de España del Patronato universal en sus reinos.
En cuanto a la prerrogativa de Regium exequatu, había sido utilizada en el siglo XVI por Carlos V y Felipe II y cayó en desuso al siglo siguiente.
Además se establecieron los recursos de fuerza, por los cuales la administración de justicia civil revisaría en apelación las sentencias de los tribunales eclesiásticos, pudiendo revocarlas y dictar otras si encontraban vicios de procedimiento.
Sumado a todo ello, la expulsión de la Compañia de Jesús.